ASUNTO: AP41-U-2013-000524 SENTENCIA INTERLOCUTORIA: 042/2014

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 21 de Marzo de 2014
203º y 155º

Visto el escrito de promoción de pruebas suscrito en fecha 6 de marzo de 2014, por el ciudadano Rafael Korchoff, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 194.008, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CENTRO HIPICO BUENAVENTURA, C.A., mediante el cual promueve la siguiente documental: 1. Resolución SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2013-000427, emitida por el Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), de fecha 09 de octubre de 2013. Este Tribunal observa que las pruebas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, por lo que las ADMITE salvo su apreciación en la definitiva.

Se imprimen dos ejemplares bajo un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación del presente fallo, el segundo para que repose en original en el copiador de sentencias de este Tribunal.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los veintiuno (21) días del mes de marzo de dos mil catorce (2014).
El Juez

Raúl Gustavo Márquez Barroso
La Secretaria


Marbel Luz Castilla Valle

En horas de despacho del día de hoy, veintiuno (21) de marzo de dos mil catorce (2014), siendo las nueve y veinte minutos de la mañana (09:20 a.m.), bajo el número 042/2014 se publicó la presente sentencia interlocutoria.
La Secretaria

Marbel Luz Castilla Valle

Asunto: AP41-U-2013-000524
RGMB/gg