REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGESIMO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, Diecinueve (19) de Marzo de 2014
203° y 155°

Vista la diligencia que antecede, suscrita por la abogada EVA CIFUENTES GRUBER inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 11.781, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente, ALEXANDRA MORENO, mediante la cual desiste del presente procedimiento de Oferta Real que incoara a favor del ciudadano GERONIMO LEON, quien es parte oferida. En consecuencia, se HOMOLOGA tal desistimiento en los mismos términos. Asimismo se ordena el desglose de los documentos originales que rielan a los folios seis (06), siete (07) y ocho (08), dejando en su lugar copias certificadas de los mismos y entréguense al solicitante. Igualmente, se ordena corregir la foliatura del presente expediente de conformidad con lo previsto en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZA,

Abg. NELA PASQUALI
EL SECRETARIO TEMPORAL

JONATHAN GUILLEN

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto antes mencionado.
EL SECRETARIO TEMPORAL

NVP/JG/rrj
AP31-S-2014-000363