REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal Vigésimo Séptimo (27) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho (28) de marzo de dos mil catorce (2014)
203º y 154º
ASUNTO: AP21-S-2013-002043.
PARTE OFERENTE: FARMATODO C.A.
PARTE OFERIDA: KEIBER JOSE SANCHEZ VILLEGAS.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO.
Por cuanto la ciudadana Juez de éste despacho estuvo de reposo medico desde el día 11/03/2014 hasta el día 20/03/2014, pasa a pronunciarse en ésta fecha en relación a la diligencia de fecha 12 de marzo de 2013, presentada por la ciudadana YUMISLEY SARMIENTO, abogado en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 178.281, mediante la cual en nombre y representación de la parte oferente ciudadano KEIBER JOSE SANCHEZ VILLEGAS, DESISTE de la presente Oferta Real de Pago y solicita la homologación del desistimiento, el cierre y archivo del expediente, este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, revisadas como han sido las facultades de la apoderada judicial de la parte oferente, las cuales se desprenden de Instrumento Poder consignado a los folios 7 al 12 de autos, le imparte la HOMOLOGACION a dicho desistimiento del procedimiento, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial. Siendo el monto ofertado inicialmente Bs.8.452,18. Así se establece.-
La Juez
Abg. Aura María Trenard
El Secretario (a)
Abg. Alejandro Alexis
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