N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-003469

PARTE ACTORA: PEDRO JOSE HERNANDEZ MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 6.387.557.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: LUIS ALBERTO BELO PIÑEIRO, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 143.103.

PARTE DEMANDADA: GRUPO DE ACCIONES PREVENTIVAS 24 C.A

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ALBERTO JOSE COLMENARS LAURA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 216.481.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES YOTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día de hoy, veintisiete (27) de marzo de dos mil catorce (2014), siendo las 11:00 am, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció el acto con las formalidades de ley.
Ahora bien, en la presente audiencia preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante PEDRO JOSE HERNANDEZ MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 6.387.557, y de su apoderado judicial LUIS ALBERTO BELO PIÑEIRO, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 143.103, según poder que cursa en autos a los folios 10 al 12, por otra parte, se deja constancia de la comparecencia de la demandada GRUPO DE ACCIONES PREVENTIVAS 24 C.A, a través de su apoderado judicial ALBERTO JOSE COLMENARES LAURA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 216.481, según poder que consignan en copia simple previa su certificación con el original

En consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora y de su apoderado judicial ut supra identificado,a la audiencia preliminar fijada para el día de hoy a las 11:00 am, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta seguidamente el dispositivo del fallo de la manera siguiente:

SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA ACCIÓN INCOADA por PEDRO JOSE HERNANDEZ MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 6.387.557, debidamente representado por su apoderado judicial LUIS ALBERTO BELO PIÑEIRO, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 143.103, en contra de la demandada GRUPO DE ACCIONES PREVENTIVAS 24 C.A, representada por su apoderado judicial ALBERTO JOSE COLMENARES LAURA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 216.481, por la inasistencia del demandante y de su apoderado judicial a la audiencia preliminar ut supra identificada. En consecuencia, SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Así se decide.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, veintisiete (27) de marzo de dos mil catorce (2014).


FRANCISCO JAVIER RÍO BARRIOS
EL JUEZ



El Secretario


Yorman García Martínez