REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
En horas de Despacho del día de hoy, miércoles cinco (05) de marzo del año dos mil catorce (2014), siendo las nueve de la mañana (09:00AM), estando presente el Juez del Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Abg. WILLIAN PAEZ JIMENEZ y la Secretaria del Tribunal, Abg. YUSMERY ANGULO; siendo la oportunidad señalada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio en el presente asunto, fijada mediante auto dictado en fecha 21/01/2014 y previo el anuncio de Ley, dado por el Alguacil adscrito a la Unidad de Actos de Comunicaciones (UAC) de este Circuito Judicial, anuncio éste en las puertas del Edificio, en la Mezzanina 1, en la Sala de Audiencias N° 10, ubicada en esta Sede Judicial, donde se encuentra constituido el Tribunal; se deja constancia de la No Comparecencia de la parte actora, ciudadana MILAGROS JOSEFINA CABRERA PEREZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-9.884.293, ni por si ni por medio de apoderado judicial. Asimismo, se deja constancia de la NO comparecencia de la parte demandada, ciudadano LUIS DANIEL OCHOA HENRIQUEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.856.527. En este estado, se deja constancia de la NO comparecencia de la parte actora y anunciado el acto, se esperó hasta las nueve y quince minutos de la mañana (09:15am), sin que se presentara de forma personal la precitada ciudadana. por lo que este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara DESISTIDO el procedimiento aquí llevado, teniendo como consecuencia la EXTINCIÓN de la instancia, así mismo, se ratifica el acuerdo suscrito entre las partes por ante el Tribunal Octavo (8°) de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial en relación a las Instituciones Familiares a favor del adolescente LUIS DANIEL OCHOA CABRERA, de diecisiete (17) años de edad, y por último se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Es todo, se leyó, se terminó y conforme firman.
EL JUEZ,
ABG. WILLIAN PAEZ JIMENEZ
LA SECRETARIA,
ABG. YUSMERY ANGULO
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