REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas Y Nacional De Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15°) De Primera Instancia De Mediación, Sustanciación
Caracas, 14 de Marzo de 2014
203º y 154º
ASUNTO: AP51-J-2014-001087
MOTIVO: Título de Únicos y Universales Herederos
SOLICITANTE: SCARLETT VANESSA RIVERA BRITO, Venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 17.587.881
DE CUJUS: ALFREDO JOSE AMUNDARAIN SUCRE
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana SCARLETT VANESSA RIVERA BRITO, Venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 17.587.881, en su carácter de madre de la hija del cujus ALFREDO JOSE AMUNDARAIN SUCRE, este Tribunal observa de las actas de fechas 12/02/2014 y 13/03/2014, cursante a los folios 13, 14 y 16 del presente asunto, que fueron promovidos y evacuados las declaraciones de las testigos, ciudadanas LUZ MARY WILLIAMS CABALLERO y GENESIS SUNIAGA WILLIAMS, plenamente identificadas en dichas actuaciones, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, a su hija, la niña ***, de cinco (5) años de edad, como beneficiaria del de cujus ALFREDO JOSE AMUNDARAIN SUCRE, quien en vida fuere titular de la cédula de identidad N° V-17.117.164. Por último, se acuerda el CIERRE Y ARCHIVO del presente asunto. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día catorce (14) de Enero de dos mil Catorce (2014). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
LA JUEZ
ABG. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,
Abg. MARJORIE DIAZ
LCD/MD/Brey*
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