REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN y SUSTANCIACIÓN
Caracas, 19 de marzo de 2014
203° y 155°

ASUNTO: AP51-S-2009-017653
SOLICITANTE: ELVIRA JOSEFINA LUNA, Venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 10.531.976
BENEFICIARIA: MARIBY DEL CARMEN SOLARTE LUNA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 24.664.724
MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRAR.

Revisadas las actas que conforman el presente asunto de AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRAR, y la diligencia presentada en fecha 18/03/2014, visto igualmente que en fecha 29/01/2014, la beneficiaria de la presente solicitud, ciudadana MARIBY DEL CARMEN SOLARTE LUNA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 24.664.724, cumplió la mayoría de edad este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescente y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Civil, CONCEDE AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRAR LOS HABERES depositados en la cuenta de ahorro N° 0003-0081-15-0100494900, del Banco Industrial de Venezuela, a la ciudadana MARIBY DEL CARMEN SOLARTE LUNA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 24.664.724, en virtud de haber cumplido la mayoría de edad. ASÍ SE DECIDE.
En consecuencia, ofíciese a la OFICINA DE CONTROL DE CONSIGNACIONES (O.C.C.) a los fines de que se sirvan realizar los trámites conducentes. Cúmplase.-


PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dada firmada y sellada en el Juzgado Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de Marzo del año dos mil catorce (2014). Años: 203º de la Independencia y 155º de la Federación.-
LA JUEZ

ABG. LENNI CARRASCO DORANTE

LA SECRETARIA

ABG. MARJORIE DIAZ





LCD/MD/Brey*