REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Vigésimo Segundo (22º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, cinco 05 de mayo de de dos mil catorce (2014)

204 º y 155 º
EXP: AP21-S-2012-003111

En fecha 18 de diciembre de 2012, se dio por recibida la presente causa, en el procedimiento de oferta real, presentado por la parte oferente, la empresa HARUMI INVERSIONES 333 C.A, representada por Los abogados Jesús Rodríguez Albornoz y Williams Aparcero, inscrito en el I.P.S.A, bajo el número 64.027 y 91.683, carácter que consta en autos, a favor de la parte oferida el ciudadano LUIS LUNA LOPEZ, titular de la cédula de identidad numero: v-17.148.966, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, siendo debidamente distribuido. Correspondió a este Juzgado conocer en fase de sustanciación el expediente. En fecha 10 de enero de 2013, se dio por admitido el procedimiento y se libro oficio a la Oficina de Consignaciones (OCC) a los fines de ordenar se abriera cuenta a nombre de trabajador oferido. En consecuencia, de conformidad con lo estipulado en los artículos 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: “Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.(…)” Artículo 202 ejusdem: “La perención se verifica de pleno derecho y debe ser declarada de oficio por auto expreso del Tribunal.” este Juzgado, visto que desde el día 10 de enero de dos mil trece (2013), hasta el día de hoy, no se ha realizado ninguna actuación en este proceso, transcurrido como ha sido más de un año, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la perención de la presente causa; por lo que se considera extinguida la instancia. En consecuencia, se da por terminado este asunto y se ordena el cierre y archivo del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia.

La Jueza

Abg. Beatriz Pinto Colmenares


El Secretario


Abg. Héctor Rodríguez