REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 07 de Mayo de 2014
203º y 155º
Sentencia Interlocutoria No. PJ00820140000129
Asunto No. AP41-U-2011-000233:
Vista la diligencia de fecha 29 de abril de 2014, suscrita por la abogada Marylin Pérez Terán, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 63.226, actuando en su carácter de Abogado sustituta de la Procuraduría General de la República, mediante la cual expone lo siguiente:
“…Solicito muy respetuosamente, se sirva decretar el cumplimiento voluntario de la sentencia definitivamente firme de fecha 03 de mayo de 2013 numero PJ0082013000057 que declaro sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por el contribuyente…”
En virtud de lo anterior este Tribunal, de conformidad con el artículo 280 del Código Orgánico Tributario, siendo que la sentencia definitiva Nº PJ0082013000057, dictada por este Tribunal en fecha 03 de mayo de 2013, se encuentra definitivamente firme, DECRETA la ejecución voluntaria de la sentencia, cuyo dispositivo es del tenor siguiente:
Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por ciudadana XIOA ZUQUAN LIMA, titular de la cédula de identidad No. 12.765.399, actuando en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil “BAR RESTAURANT YONG HUA,” inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el No. 56, Tomo 178-A-Qto. de fecha 29 de diciembre de 1997, y debidamente asistida para este acto por el abogado JOSE VICENTE CASTELLANOS, titular de la cédula de identidad No. 1.862.217 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 3.427; mediante el cual interpone Recurso Contencioso Tributario; en contra de la Resolución No. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2012-0649 (folios 23 al 26) de fecha 29 de octubre de 2010, emanada de la Gerencia de Recursos de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, mediante la cual declaró Sin Lugar el recurso jerárquico ejercido por la contribuyente en contra de la Resolución (Imposición de Sanción) No. SENIAT-GRTI-RC-DF-1-1052-LIC-2000-1965-10-02301, de fecha 26 de diciembre de 2000, en la que se impone multa por incumplimiento de los deberes formales, razón por la cual se le impuso multa por la cantidad de BOLIVARES UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SIN CENTIMOS (Bs 1.334.000,00), ahora en Bs. F. 1.344,00.
En consecuencia:
PRIMERO: Se confirma la Resolución Nº SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2012-0649 (folios 23 al 26) de fecha 29 de octubre de 2010, emanada de la Gerencia de Recursos de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, mediante la cual declaró Sin Lugar el recurso jerárquico ejercido por la contribuyente en contra de la Resolución (Imposición de Sanción) No. SENIAT-GRTI-RC-DF-1-1052-LIC-2000-1965-10-02301, de fecha 26 de diciembre de 2000.
SEGUNDO: Se condena en costas a la Contribuyente “BAR RESTAURANT YONG HUA,” por el cinco por cientos (5%) de la cuantía de la presente causa.
Asimismo, se ordena librar boleta dirigida a la contribuyente sociedad mercantil BAR RESTAURANT YONG HUA., en la persona de su representante legal y/o sus apoderados judiciales a los fines de que dé cumplimiento voluntario a la sentencia definitivamente firme Nº PJ0082013000057, dictada en fecha 03 de mayo de 2013, en tal sentido, se fija un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación para que proceda al cumplimiento voluntario de la referida sentencia. Así se decide.
III.
DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la ley, DECRETA LA EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la sentencia dictada el 03 de mayo de 2013 que declaró SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por ciudadana XIOA ZUQUAN LIMA, titular de la cédula de identidad No. 12.765.399, actuando en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil BAR RESTAURANT YONG HUA,.
PRIMERO: Se notifica a la Contribuyente BAR RESTAURANT YONG HUA a los fines de que dé cumplimiento voluntario a la sentencia definitivamente firme Nº PJ0082013000057 dictada el 03 de mayo de 2013, en tal sentido, se fija un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación para que proceda al cumplimiento voluntario de la referida sentencia.
Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación de la sentencia, el segundo para que repose en original en el respectivo copiador de sentencias
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los siete (7) día del mes de abril del año dos mil catorce (2014). Años 203º de la Independencia y 155º de la Federación.
La Jueza Superior Titular,
Dra. Doris Isabel Gandica Andrade.
La Secretaria Temporal,
Abg. Rossyluz Melo Sánchez.
En la fecha de hoy, siete de abril del año dos mil catorce (2014) se publicó la anterior Sentencia Interlocutoria No. PJ0082011000129, a las once y dieciseis de la mañana (11:16 a.m.).
La Secretaria Temporal,
Abg. Rossyluz Melo Sánchez.
Asunto No. AP41-U-2011-000233
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