REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 02 de Mayo de 2014.
204º y 155º.-

Expediente Nº: AP11-V-2014-000032.-

Visto el Escrito de Pruebas, presentado en fecha 29 de Abril de 2014, por el Ciudadano: LUIS ENRIQUE ROMERO, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº:33.374, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Actora, Ciudadana MARIA MOSSUCCA DE NAVAZIO, observa:

En relación a las pruebas promovidas por la representación judicial de la parte demandante:

Con relación a las pruebas presentadas por la parte demandante, se ADMITEN, cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales o impertinentes, dejando a salvo la apreciación que de ella se haga en la definitiva.-
LA JUEZ TITULAR,

DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY



EL SECRETARIO TITULAR

ABG. LEONARDO MÁRQUEZ




AMCDM/LM/ JORGELY.-