REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 15 de mayo de 2014
204º y 155º
ASUNTO: AP11-V-2014-000019
Por recibido el escrito de contestación la demanda consignado en fecha 26 de marzo de 2014, por la representación judicial de la demandada UNION DE CONDUCTORES PEREZ BONALDE PRO PATRIA (U.C.P.B.), proveniente del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en cuyo Organo se encontraba agregado por error en el expediente No. AP11-V-2014-119, este Tribunal agrega a estos autos el mismo, a fin de que surtan los efectos procesales correspondientes.
Como quiera que es en esta fecha que se agrega a estos autos el ESCRITO DE CONTESTACION A LA DEMANDA consignado en fecha 26 de marzo de 2014, por la representación judicial de la demandada UNION DE CONDUCTORES PEREZ BONALDE PRO PATRIA (U.C.P.B.), este Juzgador como Director del proceso, y a fin de garantizar el derecho a la defensa y la igualdad de las partes en el proceso, señala a las partes que el lapso de promoción de pruebas, comenzara a computarse a partir del día de hoy exclusive.
El Juez

Abg. Luis Ernesto Gómez Saez
La Secretaria

Abg. Sonia Carrizo Ontiveros