REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, siete (07) de mayo de 2014.
Años: 204º y 155º

Tal y como fue ordenado en el dispositivo del fallo dictado en fecha siete (07) de mayo de 2014, este Tribunal ordena remitir copia certificada de dicha sentencia, al Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio.
EL JUEZ TITULAR,

DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
LA SECRETARIA TEMPORAL,

MARÍA ELVIRA REIS










VGJ/MR/ralven
Exp. N° AP71-X-2014-000040


República Bolivariana de Venezuela






En su Nombre
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete (07) de mayo de 2014
Años 204° y 155°

Oficio N° 2014-A-
Ciudadano:
Juez Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
Su Despacho

Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio, copia certificada de la decisión dictada por este Tribunal en fecha siete (07) de mayo de 2014, recaída en el expediente signado con el N° AP71-X-2014-000040, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo de la INHIBICIÓN, surgida en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES, sigue la sociedad mercantil VIDEO FILM SIGLO XXI C.A., y el ciudadano FERNANDO ANDREO de ABREU en contra de los ciudadanos FRANCISCO JOSE NAVARRETE SALABERRY y ROMINA NAVARRETE MUTKANS; dicha copia constan de seis (06) folios útiles.-
Remisión que se hace, a usted a los fines consiguientes.
EL JUEZ TITULAR,


DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES


VGJ/MR/ralven
Exp. N° AP71-X-2014-000040