REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal 29º de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve de mayo de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO : AP21-L-2013-003915
AUTO
Vista la diligencia presentada en fecha 09-05-2014, por el apoderado de la parte actora ANGEL ROJAS, IPSA Nº 88.662, en la cual manifiesta recibir el pago de la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES (Bs. 12.000,00), de la siguiente forma Bs.2.000,00, en efectivo y Bs.10.000,00, en cheque cuya copia consta en el expediente, y pide homologar el acuerdo de pago transaccional por los conceptos reclamados en el libelo de demanda, tal como se acordó en el acta de fecha 25-04-2014, es por lo que estando el proceso en etapa de mediación, este juzgado lo HOMOLOGA en los términos expuestos por las partes según lo establecido en los artículos 19 de la Ley Orgánica del Trabajo las Trabajadoras y los Trabajadores, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asimismo se ordena la entrega de las pruebas a las partes y se da por terminado el presente juicio y se ordena el cierre y archivo del expediente.
El Juez
El Secretario
Abg. Gilberto Alfaro
Abg. Mirianky Zerpa
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