REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 08 de mayo de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
ASUNTO: AP51-J-2014-007290

Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto contentivo de la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, presentada por la ciudadana YAMIRES JOSEFINA GARCIA PEÑA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-15.800.394, actuando en beneficio de la niña (Se omite la identificación del niño, niña o adolescente de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de ocho (08) años de edad. debidamente asistida por la abogada MARIELA GUTIERREZ, actuando en su carácter de Defensora Pública Octava Auxiliar (8°) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes;; este Tribunal observa: Que en fecha 05/05/2014 se levantó acta dejando constancia que NO compareció la parte solicitante a la Audiencia Única, conforme a lo establecido en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, este Juez del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, declara DESISTIDA la presente solicitud conforme a lo establecido en el artículo 514 de la Ley Especial que rige la materia. Y así se establece.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dr. RONALD IGOR CASTRO.
RC//AO//malena* ABG. ANADIS OCHOA