REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas Y Nacional De Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15°) De Primera Instancia De Mediación, Sustanciación
Caracas, Dieciséis (16) de Mayo de Dos Mil Catorce (2014)
203º y 155º
ASUNTO: AP51-J-2014-007501
SOLICITANTE: GISELA MARGARITA QUINTERO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.426.575.
DE CUJUS: GLENDYS RICARDA PEÑALVER QUINTERO.
MOTIVO: Título de Únicos y Universales Herederos
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana GISELA MARGARITA QUINTERO HERNANDEZ, antes identificada, en su carácter de madre de la De-cujus GLENDYS RICARDA PEÑALVER QUINTERO, este Tribunal observa del acta de fecha 14/05/2014, cursante a los folios 13 y 14 del presente asunto, que fueron promovidos y evacuados las declaraciones de los testigos, ciudadanos HECTOR RAFAEL PEREZ TORRES y ARCENIO ANTONIO TREJO SALCEDO, plenamente identificados en dichas actuaciones, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, a la adolescente ***, de doce (12) años de edad, como beneficiaria de la De-cujus GLENDYS RICARDA PEÑALVER QUINTERO, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-14.363.474. Por último, se ordena el CIERRE Y ARCHIVO del presente asunto. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día Dieciséis (16) de Mayo de Dos Mil Catorce (2014). Años: 203° de la Independencia y 155° de la Federación.-
LA JUEZ,
ABG. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,
ABG. MARJORIE DIAZ
AP51-J-2014-007501
LCD/MD/Maickel.-
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