REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas Y Nacional De Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15°) De Primera Instancia De Mediación, Sustanciación
Caracas, Veinte (20) de Mayo de Dos Mil Catorce (2014)
203º y 155º

ASUNTO: AP51-J-2014-008041
SOLICITANTE: NORKYS JOSEFINA SOLORZANO QUIÑONES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.539.205.
DE CUJUS: NELSON MANUEL SANTANA ZAVARSE.
MOTIVO: Título de Únicos y Universales Herederos


Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana NORKYS JOSEFINA SOLORZANO QUIÑONES, antes identificada, en su carácter de cónyuge del De-cujus NELSON MANUEL SANTANA ZAVARSE, este Tribunal observa del acta de fecha 19/05/2014, cursante a los folios 16 y 17 del presente asunto, que fueron promovidos y evacuados las declaraciones de los testigos, ciudadanos JESUS GUERRA Y ARTURO LUIS DAVILA VALERO, plenamente identificados en dichas actuaciones, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, a la ciudadana NORKYS JOSEFINA SOLORZANO QUIÑONES venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.539.205 y la niña ***, de once (11) meses de edad, como beneficiaria del De-cujus NELSON MANUEL SANTANA ZAVARSE, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-10.545.659. Por último, se ordena el CIERRE Y ARCHIVO del presente asunto. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Y ASÍ SE DECIDE.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE

Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día Veinte (20) de Mayo de Dos Mil Catorce (2014). Años: 203° de la Independencia y 155° de la Federación.-
LA JUEZ,


ABG. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,



ABG. MARJORIE DIAZ

AP51-J-2014-008041
LCD/MD/Maickel.-