REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, Treinta (30) de Mayo de Dos Mil Catorce (2014)
204º y 155º
ASUNTO: AP51-J-2014-009037
SOLICITANTE: LISBETH DEL CARMEN ESPINOSA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.196.892.
MOTIVO: Justificativo de Testigos (Carga Familiar).
Vista la anterior solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana LISBETH DEL CARMEN ESPINOSA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.196.892, actuando en nombre de sus hijas, las niñas ***, de once (11) y diez (10) años de edad, respectivamente, por la cual solicitó que sea declaradas como Carga familiar del ciudadano BRAYAN DAVID ALARCON CASTILLO. En consecuencia, este Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cumplidas como fueron las formalidades de Ley, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la solicitud de CARGA FAMILIAR y en consecuencia se declara a las niñas ***, de once (11) y diez (10) años de edad, respectivamente, carga familiar del ciudadano BRAYAN DAVID ALARCON CASTILLO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-17.719.981. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias a los interesados, de conformidad con los artículos 11 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena el CIERRE Y ARCHIVO de la presente causa. Cúmplase.-
Publíquese y Regístrese
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En Caracas, Treinta (30) de Mayo de Dos Mil Catorce (2014). Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
LA JUEZ,
ABG. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,
ABG. MARJORIE DIAZ
AP51-J-2014-009037
LCD/MD/Maickel.-
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