REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, Veintiocho (28) días de mayo del año 2014.-
204° y 155°

Vista la diligencia suscrita por el co-solicitante ciudadano JUAN CARLOS SIFONTES CORREA, titular de la cédula de identidad Nº.V-17.444.802, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio EDWIS RAFAEL CARABALLO DUARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº.111.445, y consignado lo requerido por auto de fecha 12 de abril de 2013, este Tribunal ADMITE la presente solicitud cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la ley. En consecuencia, este Tribunal DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 188 y 189, del Código Civil, en concordancia con el parágrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por secretaría- copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sea consignada por los solicitantes los fotostatos correspondientes.-
LA JUEZ PROVISORIA,


ABG. MARITZA J. BETANCOURT M.
POR SECRETARÍA,


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MJBM/jesus;
Exp. N° AP31-S-2013-002195