REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho de noviembre de dos mil catorce
203º y 154º
ASUNTO: AP21-S-2014-000921
Vista diligencia suscrita en fecha veintiséis (26) de noviembre de 2014, por el ciudadano: abogado GERARDO HENRIQUEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº36.225, en su carácter de apoderado judicial de la parte Oferente BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A.; con ocasión a la Oferta Real de Pago planteada a la parte Oferida ciudadano BRAYELIN MARÍN CARMONA, cédula de identidad NºV-18.330.725, mediante la cual Desiste de la Oferta Real de Pago, este Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, procede a HOMOLOGAR el Desistimiento de la Oferta Real de Pago manifestado. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones (OCC) informando que se dejó sin efecto el oficio librado en fecha 18 de marzo de 2014 y se dará por terminado el presente asunto. Así se decide.-
La Jueza
Abg. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario
Abg. Alejandro Alexis