REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 05 de Noviembre de 2014.-
204º y 155º

EXPEDIENTE: AH15-X-2014-000067.-
OFICIO Nº:
CIUDADANO:
REGISTRADOR PÚBLICO DEL PRIMER CIRCUITO DEL MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO MIRANDA.-
SU DESPACHO.-

Me dirijo a Usted, en la oportunidad de hacer de su conocimiento que por ante este Despacho cursa Juicio que por PREFERENCIA OFERTIVA, sigue la Sociedad Mercantil PIZZERIA, RESTAURANT, BAR, LA STRADA DEL SOLE, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 18 de Noviembre de 1971, bajo el N°85, Tomo 94-A, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES LUGIO, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, hoy Distrito Capital, y Estado Miranda, en fecha 14 de Noviembre de 1975, bajo el N°74, Tomo 66-A-Sgdo, inscrita bajo el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el N°J-00348856-9, el cual se sustancia en el Expediente Nº: AP11-V-2014-001155 (Cuaderno Principal), de la nomenclatura llevada por el archivo de este Juzgado. Así mismo, le participo que por Auto de esta misma fecha y de conformidad con lo previsto en el Artículo 585 y 588 ordinal 3 del Código de Procedimiento Civil, se DECRETO medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, la cual recayó sobre el siguiente Bien Inmueble Constituido por: Una (01) casa quinta y el terreno sobre el cual esta construida, situada en la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Estado Miranda, marcada con el Numero 73-A, en el plano de dicha Urbanización, la cual tiene una superficie de Quinientos Noventa y Cinco Metros Cuadrados con Ochenta Decímetros Cuadrados (595,80 mts2) y comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: con la parcela Nº 72 de la Urbanización en Veinte Metros con Sesenta Centímetros (20,60cm); SUR: con la Calle Madrid en Quince Metros con Sesenta Centímetros (15,60 mts); ESTE: con la Calle Caroní en Veinte y Cuatro Metros con Diez y Ocho Centímetros (24,18 mts) y OESTE: con la parcela Nº 73-B en Veintinueve Metros con Diez y Ocho Centímetros (29,18mts).
Dicho Inmueble es Propiedad de la Sociedad Mercantil INVERSIONES LUGIO, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, hoy Distrito Capital, y Estado Miranda, en fecha 14 de Noviembre de 1975, bajo el N°74, Tomo 66-A-Sgdo, inscrita bajo el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el N°J-00348856-9, según consta de Documento debidamente Protocolizado por ante la Oficina del Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta, Estado Miranda, en fecha 01 de Julio de 1976, bajo el Nº 2,Tomo 25, Protocolo Primero.-
Asimismo, sírvase estampar la Nota Marginal correspondiente, en el Libro respectivo.-
Ahora bien, le hago saber, que el presente Oficio será entregado a su digno Despacho, por un Alguacil acreditado por este Circuito Judicial y debidamente identificado.-
Igualmente, se le solicita que acuse recibo del presente oficio, informando a este Despacho si se dio cumplimiento con lo ordenado y en caso contrario informar los argumentos jurídicos que impidan estampar la correspondiente Nota Marginal.-
La Medida Cautelar fue dictada en atención a la gratuidad de la Justicia, establecida en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual consagra la garantía a una Justicia gratuita y la prohibición de establecer tasas, aranceles o pagos adicionales algunos por la prestación de este servicio.-
Participación y solicitud que hago a usted, a los fines legales consiguientes.-
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR,

Dra. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.-


Centro Simón Bolívar. Edificio Norte. Piso 3. El Silencio. Caracas. Circuito Judicial de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.