REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, doce (12) de noviembre de 2014
Años: 204º y 155º

Vista la diligencia suscrita en fecha diez (10) de Noviembre de dos mil catorce (2014), por el abogado ROBERTO PONTE GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.913, quien en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, se da por notificado de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha veintinueve (29) de octubre de dos mil catorce (2014), asimismo solicitó la notificación de dicha sentencia a la parte demandada, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada, sociedad mercantil CORPORACIÓN VIRDEVALL C.A., y/o en la persona de su defensor judicial, abogado ALFONSO MARTÍN BUIZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 78.345, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,

DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,


ABG. MARÍA ELVIRA REIS

Exp: AP71-R-2014-000211






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, doce (12) de Noviembre de 2014
Años 204° Y 155°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la sociedad mercantil CORPORACIÓN VIRDEVALL C.A., y/o en la persona de su defensor judicial, abogado ALFONSO MARTÍN BUIZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 78.345 , parte demandada en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue en su contra, el abogado ROBERTO PONTE GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.913, en el Expediente signado bajo el Nº AP71-R-2014-000211 de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal; por auto de esta misma fecha se acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha veintinueve (29) de octubre de dos mil catorce (2014).-
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ,

DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES