REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER CON COMPETENCIA DE REENVIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA








EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y EN MATERIA DE REENVIO EN LO PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 28 de noviembre de 2014
204° y 155°

Ponenta: Jueza Integrante: Otilia D.Caufman
Resolución Judicial N° 339-14
Asunto Nº CA-1871-14-VCM

Analizado el recurso de apelación consignado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, en fecha 15 de agosto de 2014 por la ciudadana Marielis Ysabel Mena Alex, Fiscal Auxiliar Interina de la Fiscalía Centésima Sexagésima (160°) del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia para intervenir en Fase Intermedia y Juicio Oral en Defensa para la Mujer, en contra del pronunciamiento dictado en fecha 11 de agosto de 2014, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial, mediante el cual declaro el sobreseimiento de la causa 01-F131-1499-2011, seguida al ciudadano José Daniel Castillo González, titular de la cédula de identidad N° V- 14.275.254, esta Instancia Revisora se pronuncia en los términos siguientes:

DE LA ADMISIBILIDAD

Verificadas las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 428 literales a. b. y c., del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, se constata la legitimación activa de la recurrenta, la interposición del recurso fue efectuada en el lapso establecido en la Sentencia Nº 1268 de fecha 14 de agosto de 2012, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, como se evidencia del cómputo efectuado por la Secretaria del juzgado recurrido anexo al folio 89, y se refiere a una decisión recurrible, en los términos del artículo 439 numeral 1 del texto legal antes citado, supuestos que conllevan a su inadmisibilidad. Y así se declara.-

DISPOSITIVA

Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide:

PRIMERO: Admite el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Marielis Ysabel Mena Alex, Fiscal Auxiliar Interina de la Fiscalía Centésima Sexagésima (160°) del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia para intervenir en Fase Intermedia y Juicio Oral en Defensa para la Mujer, en contra del pronunciamiento dictado en fecha 11 de agosto de 2014, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial, mediante el cual declaro el sobreseimiento de la causa 01-F131-1499-2011, seguida al ciudadano José Daniel Castillo González, titular de la cédula de identidad N° V- 14.275.254,
Regístrese, déjese copia y cúmplase.-

LA JUEZA PRESIDENTA ( E )


OTILIA D. CAUFMAN
LA JUEZA Y EL JUEZ INTEGRANTES,



ROMY MEDNDEZ RUIZ

Ponenta

FERNANDO CESAR LEDEZMA RAVAGO



LA SECRETARIA,

OSLEYDIN COLINA SANCHEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA,

OSLEYDIN COLINA SANCHEZ
OC/RMR/FCLR/ocs.
Asunto Nº CA-1871-14-VCM