REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER CON COMPETENCIA DE REENVIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y EN MATERIA DE REENVIO EN LO PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 06 de noviembre de 2014
204° y 155°
Ponenta: Jueza Integrante Otilia D. Caufman
Resolución Judicial N°322-14
Asunto Nº CA-1851-14-VCM
Analizado el Recurso de Apelación presentado en fecha 08 de octubre de 2014 por el ciudadano Egli Alexander Rivero Mata, Defensor Público Noveno Auxiliar con Competencia sobre el Derecho de las Mujeres a Vida Libre de Violencia del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la decisión dictada en fecha 03 de octubre de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial, mediante el cual acordó la privación judicial preventiva de libertad de su defendido Jean Carlos Sandoval Herrera, titular de la cédula de identidad N° V-13.748.199; esta Instancia revisora, se pronuncia en los términos siguientes:
DE LA ADMISIBILIDAD
Verificadas las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 428 literales a. b. y c., del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, se constata la legitimación activa del apelante, la interposición del recurso en el lapso establecido en la Sentencia Nº 1268 de fecha 14 de agosto de 2012, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, como se evidencia del cómputo efectuado por la Secretaria del juzgado recurrido, anexo al folio 29, y se trata de una decisión recurrible conforme las previsiones del articulo 439 numeral 4 del citado Decreto; lo cual conlleva su admisibilidad. Y así se declara.-
DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide:
Único: Admite el recurso de apelación presentado en fecha 08 de octubre de 2014 por el ciudadano Egli Alexander Rivero Mata, Defensor Público Noveno Auxiliar con Competencia sobre el Derecho de las Mujeres a Vida Libre de Violencia del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la decisión dictada en fecha 03 de octubre de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial, mediante el cual acordó la privación judicial preventiva de libertad de su defendido Jean Carlos Sandoval Herrera, titular de la cédula de identidad N° V-13.748.199.
Regístrese, déjese copia y cúmplase.-
La Jueza Integrante-Presidenta (E)
Otilia D Caufman
Ponenta
La Jueza y el Juez Suplente Integrantes
Romy Méndez Ruiz
Doctor Fernando Cesar Ledezma
La Secretaria,
Abogada Osleydin Colina Sánchez
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria,
Abogada Osleydin Colina Sánchez
ODC/RMR/FCL/ocs/oc/avm
Asunto Nº CA-1851-14-VCM