REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del
Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece (13) de octubre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
ASUNTO: AP21-S-2013-003365
Vista la diligencia presentada en fecha ocho (8) de octubre de 2014, por el abogado JUAN BAUTISTA REYES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 103.506, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente, J.M. CONSTRUCCIONES, C.A., mediante la cual desiste del procedimiento de oferta real de pago planteada a la parte oferida, ciudadano EUDALDO RAFAEL GARCÍA; en consecuencia visto el desistimiento presentado por el apoderado judicial de la parte oferente, y en virtud de que el mismo no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público lo HOMOLOGA, dándole efecto de cosa Juzgada; declarando terminada la presente oferta real de pago. Y así se establece.-
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
MARÍA DÁVILA
En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
LA SECRETARIA
MARÍA DÁVILA
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