REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de octubre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
ASUNTO: AP21-S-2013-003362
Vista la diligencia presentada por el abogado JUAN BAUTISTA REYES en su carácter de apoderado de la parte oferente J.M. CONSTRUCCIONES 2020 C.A., mediante la cual desiste del procedimiento en la presente oferta real de pago, el Tribunal observa que en el caso de autos desistió del procedimiento, el profesional del derecho mencionado ut supra, quien tiene facultad expresa para desistir tal y como se desprende de autos, motivos por los cuales este Tribunal homologa dicho desistimiento en los términos en que fue expuesto, en consecuencia, se declara terminado el presente juicio. Así se decide.
La Juez
Abg. Yolimar Ávila
El Secretario
Abg. Orlando Reinoso