REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 14 de Octubre de 2014
Año 204° y 155°
ASUNTO N°: AP21-S-2014-003293
Vista la diligencia presentada en fecha 13 de Octubre de 2014, por el abogado JOSE HENRIQUEZ PARTIDAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 114.039, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente, mediante la cual consigna escrito transaccional de fecha 04 de septiembre de 2014, autenticado por ante la notaria Pública Primera del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, registrada bajo el Nº 20, Tomo 122, suscrito por la parte oferida, KELVI EGARDO PIÑA RIOS, titular de la cedula de identidad N° 14.918.986, debidamente asistido por la abogada ADRIANA VIRGINIA BRACHO GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 138.491, por una parte y por la otra el abogado JOSE HENRIQUEZ PARTIDAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 114.039, en su carácter de apoderado judicial de la parte Oferente, sociedad mercantil JARDIN LAS MERCEDES, C.A., mediante el cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de VEINTIUN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 40/100 (Bs. 12.097,98) cancelados mediante cheque Nº 41659173, girado contra el Banco Banesco, de fecha 28 de agosto de 2014, a nombre de KELVI E. PIÑA R., por lo que este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras (LOTTT) y los artículos 10 y 11 del Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena expedir por la secretaría del Tribunal Dos (2) juegos de copias certificadas de la presente decisión, de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO
EL SECRETARIO
RAFAEL FLORES
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