REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Noveno (19°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 23 de Septiembre de dos mil catorce
204º y 155º


ASUNTO: AP21-S-2014-003180
Vista la diligencia de fecha 14 de AGOSTO de 2014, realizada por la Abogada María Andrea Gonzáles, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 146.060, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente CSC COMPUTER SCIENCES VENEZUELA, C.A, mediante la cual desiste del procedimiento de oferta de pago a favor del ciudadano JIMMI JOSÉ RODRÍGUEZ OLIVAR, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. V-12.111.249, en consecuencia, este Juzgado DÉCIMO NOVENO (19º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE OFERTA DE PAGO. CÚMPLASE Y DÉJESE COPIA. Años: 204° y 155º

La Juez

Abg. Thayna Albarrán

El Secretario

Abg. Orlando Reinoso

En esta misma fecha se publicó y registro la anterior decisión.-
El Secretario

Abg. Orlando Reinoso