REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 22 de Septiembre de 2014
204º y 155º

ASUNTO: AP41-U-2008-000073

Visto que en fecha 12-05-2010, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó sentencia No. 00398 mediante la cual declaró:


1.- PROCEDE la consulta respecto de la sentencia Nº 1.389 dictada por el Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario en fecha 28-04-2009.
2.- SE CONFIRMAN del fallo consultado los pronunciamientos descritos en los apartes “PRIMERO, TERCERO Y CUARTO”.
3.- CONFIRMA parcialmente del fallo consultado el pronunciamiento expuesto en el aparte “SEGUNDO”, por tanto, se ORDENA a la Administración Tributaria recalcular las multas respectivas utilizando para los “períodos de septiembre y octubre, así como enero y febrero de 2002”, el valor de la unidad tributaria de Bs. 13.200,00, y para los “períodos de mayo, junio y julio de 2002”, la unidad tributaria de Bs. 14.800,00.

Visto asimismo que han sido practicadas las notificaciones de la Sentencia dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, tal y como constan a los folios 229, 231 y 232 al 235; este Tribunal procede a declarar definitivamente firme la Sentencia Definitiva No. 1389 del 28-04-2009, dictada por este Órgano Jurisdiccional.
LA JUEZA,


BEATRIZ B. GONZÁLEZ.- LA SECRETARIA,



YANIBEL LÓPEZ RADA.-



BBG/ja