REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 25 de septiembre de 2014
204º y 155º

ASUNTO: AP41-U-2012-000640

Visto que en fecha 11 de julio de 2013, este Tribunal dictó Sentencia Definitiva No. 1646, mediante la cual declaró SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente “REPUESTOS VENPON, S.A.”. Visto asimismo que ha sido practicada la notificación legal correspondiente como consta al folio 92 del presente asunto; se desprende que ha transcurrido el tiempo de Ley para interponer recurso de apelación en contra de la referida sentencia, y no se interpuso, este Tribunal la declara definitivamente firme, previo cómputo efectuado por Secretaría.
LA JUEZA,

BEATRIZ B. GONZÁLEZ.- LA SECRETARIA,

YANIBEL LÓPEZ RADA.-



BBG/sb.-








REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 25 de septiembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO: AP41-U-2012-000640
C Ó M P U T O

Quien suscribe, abogada YANIBEL LÓPEZ RADA, Secretaria Titular del Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana Caracas, CERTIFICA: Que desde el día 21 de mayo de 2013, fecha en la cual comenzó el lapso de sesenta (60) días continuos para dictar sentencia en el presente recurso, hasta el día 11 de julio de 2013, fecha en la cual se dictó sentencia No. 1.646 en la cual se declaró SIN LUGAR el recurso interpuesto por la contribuyente “REPUESTOS VENPON, S.A.”; han transcurrido los siguientes días continuos establecidos en el artículo 277 del Código Orgánico Tributario:
Mayo 2013: 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31
Junio 2013: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30
Julio 2013: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10 y 11
TOTAL: CINCUENTA Y DOS (52) días continuos.
Desde el 12 hasta el 19 de julio de 2013 (ambos inclusive); fecha en la cual venció el lapso de los sesenta (60) días previstos en el artículo 277 del Código Orgánico Tributario, Transcurrieron ocho (08) días continuos de la siguiente manera:
Mayo: 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19.
TOTAL: SESENTA (60) DÍAS CONTÍNUOS
• Y que desde el 28 de julio de 2014 (exclusive), fecha en la cual fue consignada la Boleta de Notificación de la ciudadana Procuradora General de la República, hasta el día de hoy, 25 de septiembre de 2014 (inclusive), han transcurrido los siguientes días de Despacho a fin de declarar la firmeza en el presente asunto:
Julio: 29, 30 y 31
Agosto: 04, 05, 06, 07, 08, 11, 12, 13 y 14
Septiembre: 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24 y 25.
TOTAL: VEINTE (20) DÍAS DE DESPACHO.

Caracas, a los veinticinco (25) días del mes de septiembre del año dos mil catorce (2014).
LA SECRETARIA TITULAR,

YANIBEL LÓPEZ RADA.-
YLR/sb.-