REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo Octavo (38) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

204º y 155º

ASUNTO: AP21-L-2014-002146

Vista la diligencia que antecede, presentada por la abogada MARIA SUAZO, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 53.410, en su condición de apoderado judicial de la parte actora mediante la cual desiste del procedimiento en contra del demandado personal LEANDRO GONZALEZ. Este Tribunal, con vista a la manifestación de voluntad expresada por la parte, y por cuanto evidencia que no se vulneran derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, procede a HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN RELACION AL MENCIONADO CIUDADANO, en los términos expresados, otorgándole el carácter de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 263 del Código de Procedimiento Civil, que aplica el Tribunal en forma analógica, conforme a las facultades otorgadas al Juez del Trabajo, en el artículo 11 de la Ley Adjetiva Laboral.

EL JUEZ
ABG. HENRY JESUS CASTRO SANCHEZ


EL SECRETARIO
ABG. ANGEL PINTO.