REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 29 de Septiembre 2014
204° y 155°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por la ciudadana ELIDIA DE JESÚS BAEZ asistida en este acto por la abogada PILAR HERNANDEZ inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 37.089, mediante la cual desiste de la presente solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS presentada por los ciudadanos ELIDIA DE JESUS BAEZ DE VICTORIANO y FRANCISCO DE JESUS FAJARDO BAEZ. En consecuencia, se HOMOLOGA tal desistimiento en los mismos términos. Asimismo se ordena el desglose de los documentos que rielan desde los folios cinco (05) hasta el ocho (08), dejando en su lugar copia certificada del mismo y entréguese al solicitante. Igualmente, se ordena corregir la foliatura del presente expediente de conformidad con lo previsto en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZA,
Abg. NELA PASQUALI
EL SECRETARIO
JONATHAN GUILLEN
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto antes mencionado.
EL SECRETARIO
NVP/JG/rrj
AP31-S-2014-007165