REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO SUPERIOR TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, siete (07) de abril de dos mil quince (2015)
204º y 156º
ASUNTO: AP21-R-2015-000156
Por cuanto la Juez que preside este Despacho se encontraba de reposo médico desde el 23/03/2015 al 06/04/2015, ambas fechas inclusive, el cual fue debidamente otorgado por el Servicio Médico adscrito a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, es por lo que este Tribunal se pasa a pronunciar en esta fecha, sobre la diligencia presentada el día de hoy (07.04.2015), suscrita por el abogado DOMINGO ALBERTO PARILLI AVILÁN, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente recurrente, mediante la cual procede a DESISTIR del recurso de apelación ejercido en contra de la decisión de fecha 29 de enero de 2015, dictada por el Juzgado Vigésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo. En consecuencia, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, imparte la HOMOLOGACIÓN respectiva. ASÍ SE DECIDE.
Dra. Felixa Isabel Hernández León
Juez Titular
La Secretaria
Abg. Raybeth Parra
Exp N° AP21-R-2015-000156
FIHL/DAPC.-
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