REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Octavo (18°) de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de abril del año dos mil quince (2015)
204º y 156º
ACTA
Asunto Nº AP21-L-2015-000746
Parte demandante: MEILYN YOSELY RODRIGUEZ MACHADO
Apoderado judicial de la parte demandante: No acreditó.
Parte demandada: BANCO ACTIVO
Apoderada judicial de la parte demandada: BRICEIDA MORALES
Motivo: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy, martes catorce (14) de abril de 2015, siendo las 09:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, compareció únicamente la abogada Briceida Morales, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 75.968, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada BANCO ACTIVO C.A., BANCO UNIVERSAL, según consta de instrumento poder consignado en copia simple para ser agregado al expediente, junto a su original ad efecum videndi. Se deja expresa constancia de la incomparecencia a este acto de la parte actora ciudadana MEILYN YOSELY RODRIGUEZ MACHADO, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; en consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 204° y 156º.
La Juez,
El Secretario,
Abg. María Mercedes Millán
Abg. Manuel López
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