Asunto AP41-U-2011-000522 Sentencia Interlocutoria No. 031/2015

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 21 de abril de 2015
205º y 156º


Visto el escrito presentado en fecha 24 de febrero de 2015 y ratificado en fecha 16 de abril de 2015, por la ciudadana Yvis Josefina Peral Narvaéz, abogada, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el números 170.549, actuando en su carácter de apoderada judicial del Servicio Tributario de Aragua (SETA), anteriormente (SATAR), en el recurso contencioso tributario interpuesto por la DEFENSORÍA DEL PUEBLO, mediante el cual promueven lo siguiente: (I) Autorización SATAR/SUP/GF/TF/VDF/2011-00527, de fecha 04 de agosto de 2011; (II) Acta de requerimiento SATAR/SUP/GF/TF/VDF/2011-000527-02, de fecha 04 de agosto de 2011; (III) Acta de recepción SATAR/SUP/GF/TF/VDF/2011-000527-02, de fecha 04 de agosto de 2011; (IV) Imposición de multa por Incumplimiento de deberes formales SATAR/SUP/GF/TF/VDF/2011-000527-03, de fecha 04 de agosto de 2011; (V) Informe Fiscal de fecha 04 de agosto de 2011; (VI) Acta de Intimación de pago SATAR/REC/INT/2011-0021, suscrita por el Superintendente del Servicio de Administración Tributaria del Estado Aragua (SATAR). Este Tribunal, una vez analizadas las mismas las ADMITE salvo su apreciación en la definitiva por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes; en consecuencia, se fija el décimo quinto (15°) día de Despacho siguiente a la consignación de las notificaciones para que tenga lugar la presentación de informes.

Notifíquese al Servicio Tributario de Aragua (SETA) así como a la supra mencionada recurrente; igualmente, se le hace saber a las partes que una vez conste en autos la última de las boletas libradas comenzará a correr el lapso establecido en el artículo 281 del Código Orgánico Tributario.

Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación del presente fallo, el segundo para que repose en original en el copiador respectivo.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario en Caracas, a los veintiuno (21) días del mes de abril del año dos mil quince (2015). Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
El Juez,


Raúl Gustavo Márquez Barroso
La Secretaria,


Bárbara Luisa Vásquez Párraga







En horas de despacho del día de hoy, veintiuno (21) de abril de dos mil quince (2015), siendo las doce y cuatro minutos de la tarde (12:04 p.m.), bajo el número 031/2015 se publicó la presente sentencia interlocutoria.



La Secretaria,


Bárbara Luisa Vásquez Párraga



















Asunto AP41-U-2011-000522
RGMB/blvp