ASUNTO: AP41-U-2015-000124 SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 040/2015
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 27 de abril de 2015
205º y 156º
Visto el oficio número JE41OFO2015000404, de fecha 10 de abril de 2015, emanado del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, contentivo de la acción de Amparo Tributario interpuesto por la ciudadana Thailuma Martínez, actuando como apoderada judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES EL FOGON DE SHANGO, C.A., asistida por el abogado Biaggini Estanga Martínez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 76.027, contra la Alcaldía del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guarico, en cuanto a la solicitud de Renovación de Licencia de Licores Nº C-0031, otorgada por la Dirección de Hacienda Pública del mencionado ente, la cual correspondía ser renovada el 27 de octubre de 2015 al 27 de octubre de 2015, fue otorgado un permiso temporal que venció el 31 de diciembre de 2014, este Tribunal lo ADMITE por cuanto la misma no es contraria al orden público o a alguna disposición de la Ley. En consecuencia notifíquese al Alcalde del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guarico de la presente acción.
Igualmente cumpliendo con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Tributario, ORDENA requerir informe al Alcalde del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guarico, sobre las causas de la demora en resolver la petición de la accionante y, fija un término para la respuesta de tres (03) días de despacho, contados a partir de la fecha de notificación. Líbrese Oficios.
Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación del presente fallo, el segundo para que repose en original en el copiador respectivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario en Caracas, a los veintisiete (27) días del mes de abril del año dos mil quince (2015). Años 205º de la Independencia y 156ª de la Federación.
El Juez,
Raúl Gustavo Márquez Barroso.
La Secretaria,
Bárbara Luisa Vásquez Parraga
En horas de despacho del día de hoy, veintisiete (27) de abril de dos mil quince (2015), siendo las dos y ocho de la tarde (02:08 p.m.), bajo el número 040/2015, se público la presente sentencia interlocutoria.
La Secretaria,
Bárbara Luisa Vásquez Parraga
ASUNTO: AP41-U-2015-000124
RGMB/blvp/gg
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