REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUADRAGESIMO QUINTO (45º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, nueve de abril de dos mil quince
204º y 156º
ASUNTO : AP21-L-2014-000357
Visto el escrito presentado por la ciudadana MARIA BARBELLA V- 6.925.553, en su carácter de directora de la empresa TODO ACERCA DE EDIFICACIONES, C.A. (TAECA), tercero en la presente causa, debidamente asistida por el abogado CARLOS TERAN IPSA N° 45.284, mediante la cual solicita el llamado como tercero a empresa CONSTRUCTORA EL PUERTO, C.A.. En consecuencia este Juzgado de conformidad con lo establecido en el articulo 54 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara inadmisible la tercería presentada por el Tercero TODO ACERCA DE EDIFICACIONES, C.A. (TAECA), ello en virtud que es el demandado, quien tiene la facultad de llamar a la causa a un tercero en el lapso para la comparecencia a la audiencia preliminar.
Finalmente se deja constancia que las partes se encuentran a de conformidad con lo establecido en el articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, motivo por el cual se fija la celebración de la audiencia preliminar en la presente causa a las 11:00 a.m., del décimo (10º) día hábil siguiente al día de hoy, ordenándose librar oficio a las Coordinaciones Judicial y de Secretario de este Circuito Judicial a los fines de su respectiva inclusión.
Todo ello en el juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales ha incoado el ciudadano JUAN MIRABAL contra LERIMETAL LATINOAMERICANA, C.A. Líbrense oficios.-
EL JUEZ
EL SECRETARIO
ABG. NELSON DELGADO
ABG. JIMMY PEREZ GARCIA
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