Tribunal Séptimo (7º) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas; 08 de abril de 2015
204° y 156°

PARTE ACTORA: JACKELINE MACIAS ROJAS, mayor de edad, de nacionalidad colombiana, pasaporte Nº 32732620.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: RONALD DELGADO, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA), bajo el Nº 177.676.

PARTE DEMANDADA: ANA TOMICEVIC, de nacionalidad Serbia y Montenegro, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 82.136.131.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MIGUEL GOMEZ PEÑA, SANDOR NYISZTOR KRISTOFFY, MARIA LONGA y AILEEN ROSALBA PERDOMO DE MOYA, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA), bajo los Nº 104.935, 105.579, 112.399 y 130.507, respectivamente.

MOTIVO: DESISTIMIENTO.
EXPEDIENTE Nº: AP21-R-2015-000300.

Han subido a esta Superioridad las actuaciones del presente expediente en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 19 de febrero de 2015, dictada por el Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por la ciudadana Jackeline Macias Rojas contra la ciudadana Ana Tomicevic.

Por auto de fecha 06/03/2015, se dio por recibido el presente expediente, fijándose por medio de auto de fecha 13/03/2015, la oportunidad para la celebración de la audiencia oral para el día martes 07 de abril de 2015, a las once de la mañana (11:00 a.m.), lo cual ocurrió.

Pues bien, siendo que llegado el día y la hora fijada por este despacho a los fines de celebrar la audiencia oral y pública, se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora apelante ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; así mismo se deja constancia de la no presencia de la parte demandada no apelante por medio de representante judicial, razón por la cual este Juzgador, una vez que verificó los extremos de ley (en cuanto a la estadía a derecho de las partes y el acatamiento del debido proceso), declaró, tal como se hará en la parte dispositiva del presente fallo, el desistimiento de la presente apelación, confirmándose en consecuencia la decisión in comento.

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 19 de febrero de 2015, dictada por el Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por la ciudadana Jackeline Macias Rojas contra la ciudadana Ana Tomicevic, en consecuencia, se confirma la decisión recurrida.

No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los ocho (08) días del mes de abril del año dos mil quince (2015). Años: 204º y 156º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.-

EL JUEZ
WILLIAM GIMÉNEZ





EL SECRETARIO;
HECTOR RODRIGUEZ







NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.-





EL SECRETARIO;






WG/HR/rg.
Exp. Nº: AP21-R-2015-000300.-