Tramitada como ha sido la presente solicitud de Título Supletorio interpuesta por el ciudadano: Neptalí Ramón Bastidas Escalona, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 10.258.372, debidamente asistido por el abogado en ejercicio: Joel Antonio Rojas Montilva, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 217.245, donde solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurias a que ellas se contraen, de las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por los ciudadanos: Ivan José Torrealba y Gerardo Antonio Montesinos Gudiño, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 8.051.021 y 19.185.336, respectivamente, consta que el solicitante, ha venido poseyendo una parcela de terreno propiedad de la Municipalidad, ubicado en el Barrio El Tamarindo calle principal, casa S/N, Biscucuy Municipio Sucre del estado Portuguesa, con una superficie aproximada de ochocientos metros cuadrados (800mts2) y está comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Con casa y solar de Ventura Algomeda. Sur: Con el Río. Este: Con casa y solar de Alvis Bastidas y Oeste: Con casa y solar de Jorge Hidalgo, donde ha construido unas bienhechurias consistentes en una casa de paredes de bloques frisadas, techo de zinc impermeabilizado, ventanas de fima y protectores de hierro, puerta principal de hierro tipo panela, puertas posterior tipo punta de diamante, ambas con protectores de hierro, puertas internas de hierro, piso de concreto pulido, constante de tres (2) cuartos, una sala comedor, un baño con las paredes revestidas de cerámica y sus accesorios, a sus solas y únicas expensas y con dinero de su propio peculio y trabajo personal, invirtiendo la cantidad de cien cincuenta mil bolívares (Bs.150.000,00).