Vista la diligencia que antecede, presentada por la abogada ISABEL PINTO RODRÍGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 28.590, en su carácter de parte actora, actuando en su propio nombre, mediante la cual manifiesta desistir del procedimiento y solicita la devolución del contrato de arrendamiento cursante en original a los folios que van del 5 al 8, consignando las copias respectivas para su certificación. Al respecto el tribunal observa:
El desistimiento presentado fue realizado antes de la citación de la parte demandada y por ende no hay tampoco contestación de la demanda, por lo que no es necesario el consentimiento de la parte demandada.
Así mismo, la parte actora tiene capacidad para disponer del objeto sobre el cual versa la controversia y se trata este juicio de materia en la cual no están prohibidas las transacciones.
En consecuencia, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara consumado el acto de desistimiento presentado el 08-04-2015, teniéndose el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, a tenor de lo establecido en los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil.
Así mismo, se ordena la devolución de los documentos originales solicitados, toda vez que la parte interesada consignó las copias necesarias para su certificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la corrección de la foliatura a partir del folio N° 05, tachándose la numeración incorrecta, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 eiusdem.
Publíquese y regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho de este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIOY EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los trece (13) días del mes de abril de dos mil quince (2015). Años 204° y 156°
LA JUEZ TITULAR,
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Abg. ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO.
LA SECRETARIA TITULAR,
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Abg. VIOLETA RICO CHAYEB.
En la misma fecha de hoy, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), se registró y publicó la anterior sentencia y se cumplió con la devolución ordenada.
LA SECRETARIA TITULAR,
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Abg. VIOLETA RICO CHAYEB.
ZMRZ/VRC/nataly.
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