REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO DECIMOCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Años: 204° y 155°
No Exp. AP31-S-2015-003426
SOLICITANTE: SIEGFRIED GUNTER DREISSIG EHRLICH, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, de estado civil casado, de este domicilio, titular de la cédula de identidad, N° V-6.249.499, ROSALBA VILLAFRADE TOVAR, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.797.657, ELIZABETH VILLAFRADE DE SCIORATTO, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, viuda, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.976.658, AMPARO VILLAFRADE DE RAMOS venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, de estado civil casada, de este domicilio, titular de la cédula de identidad V-6.082.552, e INGRID XIOMARA DREISSIG TOVAR, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, de estado civil soltera, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.914.352, representados por el Abogado ALEJANDRO LIBORIUS TABLANTE, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.746.289, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 110.248.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
I
En el escrito de solicitud se señalo lo siguiente:
“…Yo, ALEJANDRO LIBORIUS TABLANTE, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.746.289, abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 110.248, en mi carácter de apoderado judicial de los ciudadanos: SIEGFRIED GUNTER DREISSIG EHRLICH, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, de estado civil casado, de este domicilio, titular de la cédula de identidad, N° V-6.249.499, con el Registro de Información Fiscal (RIF) V062494995; ROSALBA VILLAFRADE TOVAR, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.797.657, con el Registro de Información Fiscal (RIF) V037976578; ELIZABETH VILLAFRADE DE SCIORATTO, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, viuda, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.976.658, con el Registro de Información Fiscal (RIF) V039766589; AMPARO VILLAFRADE DE RAMOS venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, de estado civil casada, de este domicilio, titular de la cédula de identidad V-6.082.552, con el Registro de Información Fiscal (RIF) V060825528 y INGRID XIOMARA DREISSIG TOVAR, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, de estado civil soltera, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.914.352, con el Registro de Información Fiscal (RIF) V069143527, según consta de Instrumento Poder, debidamente autenticado por ante la Notarla Publica Primera del Municipio Libertador de Caracas, en fecha 23 de Marzo de 2015, quedando anotado bajo en Número 25, Tomo 39, de los Libros de Autenticaciones llevados por dicha Notaria, el cual anexamos a la presente marcada con la letra “A”. Ante usted con el debido respeto y acatamiento ocurro para exponer:
En fecha dos (02) de Octubre de 2014, falleció ad-intestato, MARIA DEL CARMEN TOVAR DE DREISSIG, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V-1.721.338, con el Registro de Información Fiscal (RIF) V01721338, en su condición de cónyuge del ciudadano SIEGFRIED GUNTER DREISSIG EHRLICH, anteriormente identificado, según se evidencia en copia certificada del Acta de Matrimonio, celebrado en fecha 27 de Mayo de 1966, en Petare, hoy Municipio Sucre del Distrito Capital, la cual anexamos a la presente con la letra “B”, también se anexa en copia certificada del Acta de Defunción marcada con la letra “C”, igualmente anexamos con las letras “D,E,F y G”, las partidas de nacimientos de las ciudadanas: ROSALBA VILLAFRADE TOVAR, ELIZABETH VILLAFRADE DE SCIORATTO, AMPARO VILLAFRADE DE RAMOS y INGRID XIOMARA DREISSIG TOVAR, todas anteriormente identificadas. A fin de que se sirva “declarar” a los prenombrados ciudadanos, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos y acciones que les correspondan sobre los bienes dejados por su prenombrada cónyuge y madre, la causante MARIA DEL CARMEN TOVAR DE DREISSIG, y se les conceda el titulo suficiente. …”
Ahora bien, a los fines del Tribunal pronunciarse sobre la admisión o no de la presente solicitud, previamente observa:
Que no fue consignada el acta de nacimiento de ROSALBA VILLAFRADE TOVAR, titular de la Cedula de Identidad Nº 3.797.657, y en el acta de bautismo consignada, la cual corre inserta al folio 23, se indica, que es hija de CARMEN TOVAR, siendo que la de cujus aparece identificada en la copia de su cedula de identidad y en el acta de defunción como MARIA DEL CARMEN, es decir se le omitió su primer nombre.
Por otra parte, en el acta de nacimiento de AMPARO VILLAFRADE DE RAMOS, titular de la Cedula de Identidad Nº 6.082.552, la cual corre inserta al folio 27, se indica, que es hija de CARMEN TOVAR, siendo que la de cujus aparece identificada en la copia de su cedula de identidad y en el acta de defunción como MARIA DEL CARMEN, es decir se le omitió su primer nombre.
Por lo antes expuesto, este Tribunal considera que la Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, debe declararse INADMISIBLE y Así se decide.
Publíquese, Regístrese y deje copia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada, en Caracas a los 24 de Abril de 2015. Años. 204° y 156°
LA JUEZ TITULAR
DRA. LORELIS SANCHEZ
EL SECRETARIO TITULAR.,
ABG. FERMIN MONSALVE
En esta misma fecha, siendo las 3:00 p.m se registró y publicó la anterior sentencia.
EL SECRETARIO TITULAR
ABG. FERMIN MONSALVE
No Exp. AP31-S-2015-003426
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