REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 14 de Abril de 2015.
Años 204° y 156°

Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones, la documentación acompañada y las justificaciones evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y conforme con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías a que se contrae la presente solicitud, a favor de la ciudadana MARISELA OLIVER URBANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad Nro. V-4.171.767. Así se decide.-
Expídanse por secretaria copias certificadas de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sea consignados los fotostatos correspondientes.
Devuélvase el presente título supletorio en original con sus resultas.- Cúmplase.
LA JUEZ,

MARIA DEL CARMEN GARCIA HERRERA.
LA SECRETARIA,

ARELIS FALCÒN.




Exp. AP31-S-2015-002653
MDCGH/AF/Neulys.-*