REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, 7 de Abril de 2015.-
Años 204° y 156°

Vista la diligencia que antecede, presentada por el abogado en ejercicio ORLANDO RAFAEL APONTE, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro 125.455, actuando en su carácter de apoderado judicial de la co-solicitante YEIDIL LISGLED CRUZ SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad NºV-13.888.988, mediante la cual solicita la ejecución de sentencia, este Tribunal lo acuerda. En consecuencia, definitivamente firme como ha quedado la sentencia de fecha 1 de febrero de 2011, en donde se declaró CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, presentada por los ciudadanos YEIDIL LISGLED CRUZ SÁNCHEZ y JOSÉ MANUEL BLANCO CASTRO, venezolanos, mayores de edad de este domicilio y titulares de la cedula de identidad Nros V-13.888.988 y V-11.674.521, respectivamente, SE DECRETA SU EJECUCIÓN. En consecuencia, expídanse por Secretaría las copias certificadas que requieran los solicitantes, con inserción del presente auto y de la diligencia que las solicita y remítase lo correspondiente con oficio a las autoridades civiles competentes de conformidad con lo establecido en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 506 del Código Civil. Los respectivos fotostatos serán elaborados por la secretaria de este despacho, conforme a lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil una vez sean consignados los fotostatos respectivos. Cúmplase.
LA JUEZ,

MARIA DEL CARMEN GARCÍA HERRERA
LA SECRETARIA,

ARELIS FALCON
En esta misma fecha se solicitan fotostatos del presente auto, de la diligencia cursante al folio 29 y de la sentencia a los fines de su certificación.-
LA SECRETARIA,

ARELIS FALCON
Exp. Nro. AP31-F-2010-000990
MCGH/AF/mgcp