REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 9 de Abril de 2015.-
Años 204° y 156°

Vista la diligencia que antecede, presentada por la abogada en ejercicio TIBISAY RAQUEL ANGARITA CASTAÑEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº64.980, actuando en su carácter de apoderada judicial del co-solicitante ARMANDO RODRÍGUEZ SILVA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad NºV-10.530.759, mediante la cual solicita la ejecución de sentencia, este Tribunal lo acuerda. En consecuencia, definitivamente firme como ha quedado la sentencia de fecha 30 de Marzo de 2015, en donde se declaró CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, interpuesta por los ciudadanos ARMANDO RODRÍGUEZ SILVA y LILIANA CASTILLO DAFONTE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.530.759 y V-6.847.518, respectivamente, SE DECRETA SU EJECUCIÓN. En consecuencia, expídanse por Secretaría las copias certificadas que requieran los solicitantes, con inserción del presente auto y de la diligencia que la solicita, y remítase lo correspondiente con oficio a las autoridades civiles competentes de conformidad con lo establecido en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 506 del Código Civil, los respectivos fotostatos serán elaborados por la Secretaría de este despacho, conforme a lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados los fotostatos respectivos. Cúmplase.
LA JUEZ,


MARIA DEL CARMEN GARCIA HERRERA
LA SECRETARIA,


ARELIS FALCON
En esta misma fecha se solicitan los fotostatos del presente auto, de la diligencia cursante al folio 35 y de la sentencia a los fines de su certificación.
LA SECRETARIA,


ARELIS FALCON
EXP. AP31-S-2014-011182
MDCGH/AF/Yoxibel.