REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO VIGÉSIMO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

SOLICITANTE: IRENE BEJMERT DE FERMIN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº. V-6.153.022.
ABOGADO ASISTENTE: FRANCISCO CASTILLO TORCAT, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 21.823.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO.
EXPEDIENTE Nº: AP31-S-2015-0001746
Sentencia Definitiva

I
ANTECEDENTE
Visto el escrito presentado por la ciudadana IRENE BEJMERT DE FERMIN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº. V-6.153.022, debidamente asistido por el abogado FRANCISCO CASTILLO TORCAT, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 21.823, por medio del cual solicita la Rectificación del Acta de Matrimonio Nº. 69 correspondiente a la mencionada ciudadana, expedida por el Juzgado Primero del Distrito Sucre de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, de fecha 04-12-1970, inserta en el Libro de Matrimonio llevado por ante esa autoridad civil, alega el solicitante que se cometió un error involuntario en cuanto a la omisión del segundo nombre “AGRIPIN” de quien en vida fue su esposo ciudadano SABAS “AGRIPIN” FERMIN MALAVE tal como lo prevé el articulo 89 ordinal 2, del Código Civil.
Por auto de fecha 09 de Marzo de 2015, el Tribunal dictó auto mediante el cual admitió la solicitud y ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Público. Asimismo se ordenó la publicación de un cartel en el diario de mayor circulación, emplazando a cuantas personas puedan verse afectadas en sus derechos, a fin de que se hicieran parte en el presente procedimiento. En esa misma fecha se libró cartel de emplazamiento.
En fecha 12 de marzo de 2015, previa solicitud y mediante nota de secretaria se libró Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 25 de marzo de 2015, mediante diligencia compareció el ciudadano JAIRO ALVAREZ, Alguacil adscrito al Juzgado Vigésimo Noveno de Municipio de esta Circunscripción Judicial, dejo constancia de haber practicado la Citación de la representación Fiscal.
En fecha 25 de marzo de 2015, mediante diligencia la ciudadana IRENE BEJMERT DE FERMIN, asistida por el abogado en ejercicio FRANCISCO CASTILLO TORCAT, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 21.823, consigno la publicación del cartel de emplazamiento.
En fecha 25 de marzo de 2015, el Secretario del Tribunal dejo constancia de la consignación del cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 30 de marzo de 2015, comparecieron los ciudadanos MERY ESCALONA DE PEROZO, CARLOS LUIS PEROZO PIÑANGO y PEDRO PASTOR ALVAREZ DEL REAL, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-3.233.365, V-2.154.655 y V-11.561.220, respectivamente, y declararon el conocimiento que tienen con respecto a la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio.
En fecha 08 de abril de 2015, compareció el abogado JUAN ANGEL, Fiscal Provisorio Nonagésimo Quinto del Ministerio Público, de esta Circunscripción Judicial, señalando que nada tiene que objetar a la presente solicitud
II
MOTIVA
Para probar lo alegado, la solicitante consignó los siguientes instrumentos:
Copia certificada del Acta de Matrimonio, expedida por la expedida por el Juzgado Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, bajo el Nº 69 del año 1970, cursante en autos, donde se desprende claramente el error manifestado por la solicitante, y por constituir dicha acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevén los artículos 429 y 509 del Código de Procedimiento Civil se le aprecia en todo su alcance probatorio.
Planilla de datos filiatorios en original, del ciudadano SABAS AGRIPIN FERMIN MALAVE.
Copia certificada del acta de defunción del ciudadano SABAS AGRIPIN FERMIN MALAVE, Nº 094, del año 2015, inserta en el libro de Registro Civil de la Parroquia San Juan Municipio Libertador del Distrito Capital.
Copias de las cédulas de identidad de los ciudadanos IRENE BEJMERT DE FERMIN y SABAS AGRIPIN FERMIN MALAVE.


III
DISPOSITIVA
Analizadas las pruebas presentadas por el solicitante, esta Juzgadora considera suficiente para determinar lo alegado en autos, por lo que se demostró un error material en el acta de matrimonio del ciudadano que se cometió un error involuntario en cuanto a la omisión del segundo nombre “AGRIPIN” tal como lo prevé el artículo 89 ordinal 2, del Código Civil. En consecuencia, este JUZGADO VIGÉSIMO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Matrimonio Nº. 69, correspondiente al mencionado ciudadano, expedida por, el Juzgado Primero del Distrito Sucre de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, de fecha 04-12-1970, inserta en el Libro de Matrimonio llevado por ante esa autoridad civil, en cuanto a la omisión del segundo nombre “AGRIPIN” de quien en vida fue esposo de la ciudadana IRENE BEJMERT DE FERMIN ciudadano SABAS “AGRIPIN” FERMIN MALAVE. ASÍ SE DECIDE.
Líbrense los oficios a las autoridades respectivas y anéxese a los mismos, copias certificadas de la presente decisión. Líbrense oficio.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala del Juzgado Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, 30 de Abril de 2015. Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZ,


ABG. NELA PASQUALI VESPA
EL SECRETARIO,


ABG, JONATHAN GUILLEN
En esta misma fecha siendo las 11:30 a.m., se publicó y registró la presente decisión.
EL SECRETARIO,


ABG, JONATHAN GUILLEN





ASUNTO: AP31-S-2015-001746
NPV/JG/rrj-.