ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-000893
PARTE ACTORA: ELINOR RIVAS VIDEL, venezolana, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-6.316.590.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JACKELINE TOCUYO y DANIEL VILLALBA, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 143.067 y 150.565, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: .
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: NO CONSTA EN AUTOS.
TERCERO INTERVINIENTE: INVERSIONES CLEAN 598, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 14 de septiembre de 2007, bajo el Nº 4, Tomo 1668-A.
APODERADOS JUDICIALES DEL TERCERO: JULLIS MANCERA, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 95.871 y Otros.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día de hoy, 06 de agosto de 2015, siendo las 02:00 p.m., oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció a la misma el abogado HÉCTOR GUILARTE, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 142.510, en su carácter de apoderado judicial del tercero interesado, de igual manera se dejó constancia de la incomparecencia por si misma o por medio de apoderado judicial alguno, de la parte demandante y de la parte accionada, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ
HÉCTOR MUJICA


EL APODERADO DEL TERCERO


LA SECRETARIA
VIVIANA PÉREZ