REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, diez (10) de agosto de dos mil quince (2015) Años 205º y 156º

Expediente Nº AP71-R-2014-001200 (523)
Visto el fallo dictado por este Despacho en fecha 23 de julio del año en curso, mediante el cual se HOMOLOGÓ la transacción celebrada por la ciudadana Yocelina Concepción Martínez Palma, asistida por la abogada Liliam Bensayán López por una parte, y por la otra la abogada Mildred Concepción D´ Windt Rodríguez, en su condición de apoderada judicial de las ciudadanas Carmen Belén Velásquez y Facunda Primitiva Velásquez Velásquez; en consecuencia, este Tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día 23 de julio de 2015 (exclusive), hasta el día 07 de agosto de 2015, (inclusive), siendo la última fecha el día en el cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la sentencia supra referida. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.
VJGJ/MER








Quien suscribe, María Elvira Reis, Secretaria del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que desde el día 23 de julio de 2015 (exclusive), hasta el día 07 de agosto de 2015 (inclusive), transcurrieron DIEZ (10) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: Julio 2015: 27, 28, 29, 30, 31; AGOSTO 2015: 3, 4, 5, 6, 7. Caracas, diez (10) de agosto del año dos mil quince (2015). A 205º años de la Independencia y 156º de la Federación.
La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.
Expediente Nº AP71-R-2014-001200 (523)
VJGJ/MER




























REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, diez (10) de agosto de dos mil quince (2015) Años 205º y 156º

Expediente Nº AP71-R-2014-001200 (523)
Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que no se ejerció recurso alguno contra la decisión dictada por este despacho en fecha 23 de julio del año en curso, mediante el cual se HOMOLOGÓ la transacción celebrada por la ciudadana Yocelina Concepción Martínez Palma, asistida por la abogada Liliam Bensayán López por una parte, y por la otra la abogada Mildred Concepción D´ Windt Rodríguez, en su condición de apoderada judicial de las ciudadanas Carmen Belén Velásquez y Facunda Primitiva Velásquez Velásquez, todo ello en virtud del juicio que por INTERDICTO CIVIL, sigue la ciudadana YOCELINA CONCEPCION MARTINEZ PALMA, contra las ciudadanas CARMEN BELEN VELASQUEZ VELASQUEZ y FACUNDA PRIMITIVA VELASQUEZ VELASQUEZ; en consecuencia, este Tribunal declara firme la mencionada sentencia y ordena la remisión del expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.





En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libró oficio Nº 2015-A-
La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.
Expediente Nº AP71-R-2014-001200 (523)
VJGJ/MER





















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, diez (10) de agosto de dos mil quince (2015) Años 205º y 156º

Oficio Nº 2015-A-
Ciudadano (a):
Juez Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Su Despacho.
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el Nº AP71-R-2014-001200 (523) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, con motivo de la HOMOLOGACIÓN de la transacción celebrada por la ciudadana Yocelina Concepción Martínez Palma, asistida por la abogada Liliam Bensayán López por una parte, y por la otra la abogada Mildred Concepción D´ Windt Rodríguez, en su condición de apoderada judicial de las ciudadanas Carmen Belén Velásquez y Facunda Primitiva Velásquez Velásquez, todo ello en virtud del juicio que por INTERDICTO CIVIL, sigue la ciudadana YOCELINA CONCEPCION MARTINEZ PALMA, contra las ciudadanas CARMEN BELEN VELASQUEZ VELASQUEZ y FACUNDA PRIMITIVA VELASQUEZ VELASQUEZ, constante de tres (03) piezas, la primera de trescientos cuarenta y cuatro (344) folios útiles, la segunda de trescientos diecisiete (317) folios útiles y la tercera pieza por un cuaderno de medidas de sesenta y cinco (65) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la homologación de la transacción dictada por este Tribunal el 23 de julio de 2015.
Dios y Federación.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.
Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17, Palacio de Justicia,
Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.
Expediente Nº AP71-R-2014-001200 (523)
VJGJ.