REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, trece (13) de Agosto de dos mil quince (2015).
Años 205º y 156º

Este Tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día veintinueve (29) de julio de 2015 exclusive, hasta el día doce (12) de agosto de 2015 inclusive, fecha en la cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar, contra la decisión de fecha veintinueve (29) de julio de dos mil quince (2015), dictada por este Juzgado. Cúmplase.
EL JUEZ,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
Quien suscribe María Elvira Reis, Secretaria Temporal del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Hace Constar: Que desde el día veintinueve (29) de julio de 2015, exclusive hasta el día doce (12) de agosto de 2015 inclusive, han transcurrido diez (10) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: 30 y 31, de julio de 2015, y 03, 04, 05, 06, 07, 10, 11 y 12 de agosto de 2015. Caracas, trece (13) días de agosto de 2015.
LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
Exp. N°AP71-R-2015-000712(629)
VJGJ/MR/YP
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, trece (13) de agosto de dos mil quince (2015).
Años 205º y 156º
Visto el computo que antecede, y por cuanto se evidencia que ninguna de las partes ejerció recurso alguno contra la decisión dictada en fecha veintinueve (29) de julio de 2015; este Tribunal, en consecuencia declara firme la mencionada sentencia y, ordena la remisión del expediente al Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.
EL JUEZ,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libro oficio N° 2015- A-
LA SECRETARIA,


Abg. MARÍA ELVIRA REIS.

VJGJ/MR/YP
Exp. N°AP71-R-2015-000712
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, trece (13) de agosto de 2015
Años 205° y 156°
OFICIO N° 2015-A-
CIUDADANA:
Dra. ZOBEIDA ROMERO ZARZALEJO
JUEZA PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
SU DESPACHO
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el N° AP71-R-2015-000712 (629) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio por Resolución de Contrato sigue Carlos José Valladares contra Yolanda Pastora Riera Lozada, constante de una (01) pieza principal de ciento noventa y dos (192) folios útiles, y una (01) pieza de cuaderno de medidas constante de treinta y nueve (39) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este tribunal en fecha veintinueve (29) de julio de dos mil quince (2015).
DIOS Y FEDERACION
EL JUEZ TITULAR,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.

VJGJ/
EXP. N° AP71-R-2015-000712 (629)