REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, tres (03) de agosto de dos mil quince (2015) Años 205º y 156º
Expediente Nº AP71-R-2015-000545 (619)
Visto el fallo dictado por este Despacho en fecha 16 de julio del año 2015, mediante el cual se declaró procedente el recurso de hecho intentado por el abogado Omar J. Gavides, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, C.A. El Cafetal, contra el auto proferido el 21 de mayo de 2015 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en consecuencia, este Tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día 16 de julio de 2015 (exclusive), hasta el día 31 de julio de 2015, (inclusive), siendo la última fecha el día en el cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra el auto supra referido. Cúmplase.-
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,
Abg. María Elvira Reis.
VJGJ/MER
Quien suscribe, María Elvira Reis, Secretaria del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que desde el día 16 de julio de 2015 (exclusive), hasta el día 31 de julio de 2015 (inclusive), transcurrieron DIEZ (10) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: Julio 2015: 17, 20, 21, 22, 23, 27, 28, 29, 30, 31. Caracas, tres (03) de agosto del año dos mil quince (2015). A 205º años de la Independencia y 156º de la Federación.
La Secretaria,
Abg. María Elvira Reis.
Expediente Nº AP71-R-2015-000545 (619)
VJGJ/MER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, tres (03) de agosto de dos mil quince (2015) Años 205º y 156º
Expediente Nº AP71-R-2015-000545 (619)
Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que no se ejerció recurso alguno contra la decisión dictada por este despacho en fecha 16 de julio del año 2015, mediante la cual se declaró procedente el recurso de hecho intentado por el abogado Omar J. Gavides, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, C.A. El Cafetal, contra el auto proferido el 21 de mayo de 2015 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual negó la apelación contra el auto dictado el día 18 de mayo de 2015, todo ello en virtud del juicio que por ACCION REIVINDICATORIA, incoara C.A EL CAFETAL, contra DESARROLLOS URBANÍSTICOS INTEGRADOS S.A., DESURBINSA, PROMOTORA E.P. 3697 C.A, PROMOTORAA E.P. 1967 C.A, PROMOTORA E.P. 4697, C.A., INVERSIONES HILLOCK 11 C.A., ADMINISTRADORA ONCE, S.A., ASOCIACIÓN CIVIL EL CARRAO e INVERSIONES MANZANARES C.A.; en consecuencia, este Tribunal declara firme la mencionada sentencia y ordena la remisión del expediente al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.-
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,
Abg. María Elvira Reis.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libró oficio Nº 2015-A-
La Secretaria,
Abg. María Elvira Reis.
Expediente Nº AP71-R-2015-000545 (619)
VJGJ/MER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, tres (3) de agosto de dos mil quince (2015) Años 205º y 156º
Oficio Nº 2015-A-
Ciudadano (a):
Abg. CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ
Juez Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Su Despacho.
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el Nº AP71-R-2015-000545 (619) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, con motivo del recurso de hecho ejercido por el abogado Omar J. Gavides, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, C.A. El Cafetal, contra el auto proferido el 21 de mayo de 2015 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual negó la apelación contra el auto dictado el día 18 de mayo de 2015, todo ello en virtud del juicio que por ACCION REIVINDICATORIA, incoara C.A EL CAFETAL, contra Desarrollos Urbanísticos Integrados S.A., Desurbinsa, Promotora E.P. 3697 C.A, Promotoraa E.P. 1967 C.A, Promotora E.P. 4697, C.A., Inversiones Hillock 11 c.a., Administradora Once, S.A., Asociación Civil El Carrao e Inversiones Manzanares C.A., constante una (1) pieza de ochenta y cuatro (84) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este Tribunal en fecha 16 de julio de 2015.
Dios y Federación.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17, Palacio de Justicia,
Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194
Expediente Nº AP71-R-2014-000545 (619)
VJGJ