REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, cinco (5) de agosto de dos mil quince (2015) Años 205º y 156º

Expediente Nº AP71-S-2015-000032 (15.147)
De la revisión de las actas procesales que integran el expediente contentivo de la solicitud de EXEQUATUR, presentada por la abogada MARÍA ALEJANDRA CORREA MARTÍN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 51.864, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos LUIS ALBERTO TORRES MANZANERO y JUANA APONTE RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.919.310 y V-6.354.769, respectivamente, esta alzada observa:
De la lectura del escrito contentivo de la solicitud referida, se evidencia que en el mismo fueron narrados los hechos sin que exista un orden coherente, y no se relacionan ente si lo descrito en cada uno de los folios.
En este sentido, se insta a la apoderada judicial de los solicitantes, a consignar a los autos nuevo escrito contentivo de la solicitud de exequátur y una vez conste en autos el mismo, este juzgado emitirá el pronunciamiento correspondiente.- Cúmplase.-
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria temporal,

María Elvira Reis.