REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuadragésimo Segundo (42°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete (07) de agosto de 2015
203º y 154º
ASUNTO: AP21-L-2015-313
En el día de hoy viernes siete (07) agosto de 2015, siendo las once de la mañana (11:00 am), fecha y hora fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en la causa signada con el expediente N° ASUNTO: AP21-L-2015-313, que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, ha incoado la empresa COMERCIALIZADORA TODESCHINI en contra de la ciudadana MARTA LUCIA LOPEZ PALACIO titular de la cédula de identidad No. 5.308.450, en consecuencia, este Juzgado da por recibido el presente asunto proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, con motivo de su distribución, por lo que la Juez se ABOCA al conocimiento de la presente causa.
Así mismo se deja expresa constancia, del anuncio del presente acto a las puertas del Tribunal por el ciudadano alguacil de este Juzgado, no compareciendo ante el llamado Apoderado Judicial o Representante Legal alguno de la parte demandante COMERCIALIZADORA TODESCHINI, asimismo se deja constancia en este acto de la incomparecencia ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno de la parte demandada MARTA LUCIA LOPEZ PALACIO en la presente causa, en tal sentido este Tribunal estima que el hecho ocurrido en este día se encuentra tipificado en la norma del Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en ese sentido el Tribunal debe declarar Extinguido. Así mismo, este Tribunal le hace a la parte actora que contra la presente decisión y a partir del día de hoy podrá interponer el recurso legal a que se refiere la norma antes mencionada.
En merito de las precedentes consideraciones este Tribunal Cuadragésimo Segundo (42º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: Extinguido el procedimiento por la incomparecencia de ambas partes en la causa que siguen la empresa COMERCIALIZADORA TODESCHINI en contra de la ciudadana MARTA LUCIA LOPEZ PALACIO titular de la cédula de identidad No. 5.308.450. Y ASI SE DECIDE.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuadragésimo Segundo (42º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, a los siete (07) días del mes de Agosto del dos mil quince (2015).
Abg. Ysabel Cristina Piñeyro V.
La Juez
Abg. Eric Aponte
El Secretario
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Abg. Eric Aponte
El Secretario
ASUNTO: AP21-L-2015-313
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